Por Alejandra Matus
Al hablar de administración justicia, desde una perspectiva crítica, la noción de una justicia de clase aparece en los primeros lugares, la queja por su comportamiento diferenciado entre poderosos y pueblo, entre ricos y pobres, entre clérigos y trabajadores, trabajadoras.
A esta queja, algunos jueces, cuando me ha tocado entrevistarlos sobre el tema, o en sus discursos de inauguración del año judicial, oponen como respuesta que la percepción es errónea. Afirman que la justicia, por el papel que le corresponde jugar, siempre estará en el último lugar de popularidad. Lo dicen con orgullo: “Si somos impopulares, es porque lo estamos haciendo bien”. Es la respuesta Julio Jaramillo: “Ódiame por piedad yo te lo pido. Ódiame sin medida, ni clemencia”.
Otros, defienden la idea de que al sistema judicial solo le corresponde aplicar la ley: “Si hay sesgos de clase, de género, es porque la ley viene así, desde el Congreso”. Es la respuesta Pedro Fernández: “Si te vienen a contar cositas malas de mí. Manda todos a volar y diles que yo no fui”.
A riesgo de simplificar problemas complejos, me pregunto, calzando los zapatos de la ajena, de la que no tiene sobre sus hombros la responsabilidad de administrarla: ¿Ha sido, es, nuestra justicia, una justicia de clase?”
En 1925, decía el poeta Vicente García-Huidobro:
“La Justicia de Chile haría reír, si no hiciera llorar. Una Justicia que lleva en un platillo de la balanza la verdad y en el otro platillo, un queso. La balanza inclinada del lado hacia el queso. Nuestra justicia es un absceso putrefacto que empesta el aire y hace la atmósfera irrespirable. Dura e inflexible para los de abajo, blanda y sonriente con los de arriba. Nuestra justicia está podrida y hay que barrerla en masa. Judas sentando en el tribunal después de la Crucifixión, acariciando en su bolsillo las treinta monedas de su infamia, mientras interroga a un ladrón de gallinas. Una justicia tuerta. El ojo que mira a los grandes de la tierra, sellado, lacrado por un peso fuerte y sólo abierto el otro que se dirige a los pequeños, a los débiles”.
El expresidente del Consejo de Defensa del Estado, Eduardo Novoa Monreal, publicó en 1972, su famoso ensayo: “¿Justicia de Clase?”, un estudio de veinte casos que analizó para concluir que “La justicia está al servicio de la clase dominante, y que interpreta y aplica la ley con miras a favorecer a los grupos sociales que disfrutan del régimen económico-social vigente, en desmedro de los trabajadores, que constituyen en el país una amplia mayoría”. La acusación perforó el corazón de la alta magistratura chilena y probablemente fue uno de los motivos que alimentó la conducta beligerante de la Corte Suprema durante el gobierno de Salvador Allende.
Su papel deficiente (en la protección de la vida y derechos de las personas) en la dictadura ha sido profusamente analizado y, con bemoles, ha sido reconocido, con mayor o menor entusiasmo por la cúpula judicial (pese a que un puñado ha insistido en la respuesta Julio Jaramillo o Pedro Fernández para explicar su conducta).
Concedamos, por un momento, que no es posible comparar la conducta de la justicia en dictadura y en democracia -en cuanto a sus sesgos de clase-, pues en un régimen dictatorial, con las instituciones democráticas paralizadas, se generan dinámicas distintas.
Sin embargo ahora, que han transcurrido 30 años desde el retorno a la democracia y con varias reformas profundas de por medio, me parece válido repetir la pregunta de Novoa Monreal: ¿Es nuestra justicia una justicia de clase?
Algunos casos recientes creo, nos permiten, preliminarmente ensayar una respuesta:
-Caso SQM: A fines de octubre recién pasado, la Corte Suprema condenó al controlador de las empresas SQM, Julio Ponce Lerou, a pagar 75.000 UF como multa por infringir la ley del mercado de valores, en el denominado “caso Cascadas”. Y confirmó en su sentencia, la rebaja de la sanción original 1.700.000 UF, sobre la base de que el TC había acogido la inaplicabilidad del artículo 29 del Decreto Ley N°3.538 para este caso.
El sentido de la sanción pecuniaria en este caso era, según ese fallo, disuadir a los actores del mercado financiero, para que se abstuvieran de acometer similares operaciones, que “fueron ideadas de tal manera de desnaturalizar su fin último (el del mercado de valores), esto es, impidiendo que el mercado opere como un lugar de libre y espontáneo encuentro de la oferta y demanda, por la vía de instrumentalizar normas bursátiles que propenden al precio justo de las operaciones y hacerlas funcionales a un esquema que buscó el beneficio personal de sus participantes”. Entre las entidades perjudicadas, como se sabe, estuvieron los fondos de pensión de los trabajadores chilenos y también los de trabajadores canadienses y estadounidenses. Por el perjuicio a estos últimos, los extranjeros, sin embargo, Ponce Lerou se comprometió a compensar una cifra similar a la que le perdonó la Corte chilena. El castigo por su conducta no contempló presidio.
-Caso revuelta: Durante el estallido social, cientos de personas fueron detenidas bajo acusaciones de distinta naturaleza: desórdenes, destrucción de propiedad pública y privada, maltrato de obra a carabineros. Es difícil hacer un catastro de cuántas de ellas quedaron, desde entonces, en prisión preventiva. Una recientemente creada organización de familiares afirma que son 2.000. La Comisión Chilena de Derechos Humanos, en base a datos entregados por fiscalía, los cifra en el orden de los 500 casos. Tomemos el dato más conservador para este análisis. Se trataría de 500 personas, en su mayoría jóvenes de sectores populares, hombres, pero también mujeres, que se encuentran en prisión preventiva a la espera de un juicio por delitos que, de ser condenados, contemplan penas bajas. Sin siquiera cuestionar que se considere como única prueba para la formalización un parte de carabineros y el excesivo tiempo que se están tomando las fiscalías para investigarlos, considerando que las penas podrían ser inferiores al tiempo que llevan encarcelados, creo que mirados estos casos desde el principio de proporcionalidad y desde el simple sentido común, es fácil constatar que se aplica de manera inversa al caso cascadas.
Sumemos a ello que conocimos hace poco que un padre y su hijo fueron absueltos de las acusaciones de haber quemado una estación de metro, pero quienes ya pagaron el “error” judicial con un año privados de libertad. En tanto, el magistrado Daniel Urrutia, fue degradado por sus superiores por haber otorgado, en marzo de este año, de oficio, la libertad provisional a 13 jóvenes acusados de desórdenes públicos.
Un estudio del Departamento de Estudios Sociales de la Universidad Católica (DESUC), en conjunto con la Defensoría Penal Pública, en 2018, demuestra el 71% de los ciudadanos todavía piensa que “la justicia no es igual para todos”.
Cada caso en particular, por supuesto, puede ser defendido por nuestro sistema judicial acudiendo a las respuestas Julio Jaramillo o Pedro Fernández.
Y si uno pone la mirada en el progreso, puede destacar cosas como que en el caso PENTA se mantuvo en prisión preventiva a los acusados a sabiendas de que nunca cumplirían, como primerizos, penas privativas de libertad. Que ahora existe algo que se llama responsabilidad penal de las personas jurídicas y se han incorporado a nuestra legislación muchos delitos económicos. La composición misma de los tribunales ha cambiado (hay más mujeres y magistrados provenientes de un origen social diverso). En los tribunales laborales, los abogados le dicen a la cuarta sala de la Corte Suprema “la CUT”, y en materia de Derechos Humanos, a la segunda le dicen “El comité central”.
La vieja justicia inquisitiva en lo penal ha sido reemplazada por un sistema contradictorio y oral, en que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a una defensa pagada por el Estado. No obstante, sabemos que la preferencia del Estado, a través de los recursos y modalidad de funcionamiento que otorga al Ministerio Público y a la Defensoría Penal, se inclina a favor del primero.
Creo que, en lo esencial, las quejas del poeta García-Huidobro y del abogado Novoa Monreal siguen quemando en nuestras conciencias y merecen ser abordadas por el conjunto de la sociedad. En el momento constituyente en que nos encontramos, me parece, no puede quedar fuera la pregunta: ¿Cómo sería una justicia no clasista (y, me permito agregar, no machista)? Tarea para la casa.
Felicitaciones x el premiio….pero x sobre todo abrir nuestra mente hacia la verdaď que sienore es adornada y escondida.gracias alejandra.
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